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LEANDRO DE LA O El diputado local del PRI, Nicolás Carlos Bellizia Aboaf, exigió al Órgano Superior

  • abrilperalesarias
  • 21 feb 2020
  • 3 Min. de lectura

Por ello, dijo que como ejemplo, basta mencionar que en el informe general de resultados de las cuentas públicas del ejercicio 2018, se indica que tiene un inventario de 741 Procedimientos para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias correspondientes a los ejercicios fiscales de 2009.

"Pese a todos los mandatos, como lo han denunciado en la más alta tribuna del estado, legisladores de diversas fracciones parlamentarias, el titular y los demás funcionarios del Órgano Superior de Fiscalización, no cumplen a cabalidad, con sus obligaciones, ni con los principios que rigen la actividad fiscalizadora, pues si bien realizan observaciones, pliegos de cargo o de presunta responsabilidad, no le dan el debido seguimiento, como consta en los propios informes anuales y parciales, en los que no se aprecian avances e incluso se evidencia que en algunos casos el propio Órgano Superior de Fiscalización no ha desahogado los procedimientos resarcitorios y demás que le corresponden, conforme a la legislación vigente al momento en que se cometieron las irregularidades.

Como ejemplo", señaló.

Y abundó: "Basta con mencionar que en el informe general de resultados de las cuentas públicas del ejercicio 2018, se indica que tiene un inventario de 741 Procedimientos para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias correspondientes a los ejercicios fiscales de 2009 a 2015. Así como que de agosto de 2018 a junio de 2019 ha iniciado solamente 137 procedimientos".

Dijo que también menciona que respecto a los ejercicios 2015 y 2016 tiene hasta los años 2020 y 2021 para fincar las responsabilidades resarcitorias correspondientes.

Por otra parte, señaló que respecto de las 355 observaciones determinadas para el ejercicio 2017, el OSFE se pronunció sobre las respuestas emitidas por las entidades fiscalizadas, resultando 130 observaciones solventadas y 225 observaciones pendientes de solventación, las cuales, según se indica, fueron notificadas en tiempo y forma a cada entidad fiscalizada mediante la Cédula de Resultados Finales.

"También se indica que del total de observaciones están contempladas 327 al Poder Ejecutivo, de las cuales únicamente se solventaron 130 y quedaron 197 pendientes de solventación; 17 al Poder Legislativo, de las cuales no se solventó ninguna; 4 al Poder Judicial, de las cuales no se solventó ninguna; y 7 a los Órganos Autónomos, los cuales no solventaron ninguna observación

Con respecto a la Comisión Ordinaria Inspectora de Hacienda Segunda, indica que, como resultado del proceso de fiscalización del citado año, se determinaron un total de 644 observaciones, de las cuales se solventaron 105, quedando pendientes de solventar la cantidad de 539; las cuales son irregularidades susceptibles de constituir faltas administrativas y/o presunto daño patrimonial a la hacienda pública", abundó.

Agregó que en lo concerniente a la Comisión Ordinaria Inspectora de Hacienda Tercera, como resultado del proceso de fiscalización, se determinaron un total de 607 observaciones, de las cuales se solventaron 42, quedando pendientes de solventar la cantidad de 565; las cuales son irregularidades susceptibles de constituir faltas administrativas y/o presunto daño patrimonial a la hacienda pública.

Dijo que las observaciones no solventadas el propio Órgano Superior de Fiscalización, las cuantifica en 269 millones, 478 mil, 545 pesos, con 93 centavos, tan solo del año 2017.

"Pese a esas observaciones no atendidas en dicho informe no se menciona que se hayan iniciado los procedimientos que marca la ley para fincar las responsabilidades procedentes", indicó.

Por lo que lo anterior, pone de manifiesto que el seguimiento que le da Órgano Superior de Fiscalización es lento y lo más grave que deja correr los plazos hasta el último momento, con el riesgo de que se les olvide y prescriban las acciones o que cuando las ejerza los exservidores públicos probables responsables hayan fallecido, se hayan cambiado de domicilio y no los pueda localizar o hayan dilapidado u ocultado los bienes para hacer que se resarza la hacienda estatal o municipal, quedando impune la conducta.

"En tal razón resulta necesario, que este Congreso intervenga y a través de las comisiones inspectoras de hacienda, con base en las atribuciones que les confieren, el artículo 58, fracciones X, inciso d) y g), XI, incisos c) y XII, inciso c) del Reglamento Interior del Congreso del Estado, para exhortar al titular del Órgano Superior de Fiscalización, agilice el trámite de los procedimientos que le corresponden, para evitar que las conductas contrarias a la Ley queden impunes", apuntó.


 
 
 

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