top of page

ASUNTO: PROPUESTA CON PUNTO DE ACUERDO Villahermosa, Tabasco a 20 de febrero de 2018 En mi carác

  • abrilperalesarias
  • 20 feb 2018
  • 5 Min. de lectura

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PRIMERO. - La educación es un derecho fundamental de todos los seres humanos por el cual adquirimos conocimientos de manera formal para alcanzar así una vida social plena. Dicha adquisición de conocimientos básicos, comienza por la alfabetización, fase en la que, los niños aprenden a leer y a escribir gracias a la instrucción primaria otorgada por sus profesores y refrendada con el apoyo de sus padres, donde de manera adecuada se permite también transmitir principios para la armónica convivencia de social, conservando y perpetuando, así, los valores de toda una comunidad. Resultando fundamental el proteger y promover este derecho, para asegurar el desarrollo económico, social y cultural de todos para lograr el óptimo desarrollo de la personalidad e identidad, así como de las capacidades físicas e intelectuales. De esta manera, contribuye a su plenitud personal favoreciendo la integración social y profesional

Sin embargo, en ocasiones y muy a pesar de los grandes esfuerzos que se han llevado en los últimos tiempos aún continúa siendo inaccesible para miles de niños, por diversas circunstancias a veces por negligencia de los padres, otras veces de la sociedad y en las más de las veces por quienes deberíamos velar por el, lo que contribuye a su vez a violentar otros Derechos Humanos Fundamentales como el del Trabajo reconocido en nuestra Carta Magna.

SEGUNDO. - El Derecho al Trabajo es fundamental y esencial para la consecución de otros derechos humanos, constituyendo una parte inseparable e inherente de la dignidad humana. Toda persona tiene derecho a trabajar para poder vivir con dignidad. Los Derechos Humanos en el trabajo tienen su origen como derechos sociales en la Constitución Mexicana de 1917 y en la Constitución Alemana de Weimar de 1919, después de un largo proceso de desarrollo que arranca desde la Revolución Industrial. El derecho al trabajo tiene tres elementos fundamentales:

1) Libertad para ejercer cualquier profesión lícita sin injerencia de alguna autoridad pública;

2) El derecho a tener un trabajo, implica obligaciones positivas para el Estado, a fin de fomentar las circunstancias propicias para generar empleos;

3) Y la dignidad, toda vez que el trabajo debe cumplir con un mínimo de condiciones justas.

Con ello el trabajo expande su importancia al ámbito económico, social y político, de ahí la necesidad de que bajo la lupa de los derechos humanos se desenvuelva, pues sólo a través de la estricta observancia de los derechos humanos laborales se asegura que quienes cuenten con un trabajo gocen de los beneficios de este, para que la persona que labore lo realice con dignidad con los valores de igualdad de trabajo, salarial, de género y sin discriminación alguna sean plenamente respetados. Asimismo, existen diversos derechos que inciden en el ámbito laboral de las personas, los cuales también se reconocen instrumentos internacionales que reconocen el derecho al trabajo y los derechos humanos en el trabajo, entre ellos:

• La Observación General No. 18, El derecho al Trabajo. El derecho al trabajo es un derecho individual que pertenece a cada persona, y es a la vez un derecho colectivo. Engloba todo tipo de trabajos, ya sean autónomos o trabajos dependientes sujetos a un salario. El derecho al trabajo no debe entenderse como un derecho absoluto e incondicional a obtener empleo. El trabajo, según reza el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), debe ser un trabajo digno. Éste es el trabajo que respeta los derechos fundamentales de la persona humana, así como los derechos de los trabajadores en lo relativo a condiciones de seguridad laboral y remuneración. También ofrece una renta que permite a los trabajadores vivir y asegurar la vida de sus familias, tal como se subraya en el artículo 7 del citado Pacto. Estos derechos fundamentales también incluyen el respecto a la integridad física y mental del trabajador en el ejercicio de su empleo.

Proteger el derecho al trabajo incluyen, entre otras, los deberes de los Estados de aprobar la legislación o de adoptar otras medidas que garanticen el igual acceso al trabajo y a capacitación. Facilitar el derecho al trabajo exige entre otras cosas, que se adopten medidas positivas para permitir y asistir a las personas que disfruten de su derecho al trabajo, aplicar planes de enseñanza técnica y profesional para facilitar el acceso al empleo. También exige programas educativos e informativos para crear concienciación pública sobre el derecho al trabajo, he aquí que la participación de los docentes se fundamental y para ello se requiere que su propio Derecho Laboral sea respetado y resguardado.

TERCERO. - Sin embargo, en los últimos meses esta visión no ha podido ser consolidada ya que se han visto comprometidos tanto el Derecho a la educación de miles de educandos de nuestro estado a todos los niveles, como el derecho al trabajo digno y remunerado de una buena parte de la plantilla docente eventual y si a ello le aunamos, los profesores que salieron no óptimos y la incertidumbre por una recontratación que no llega, se ve totalmente comprometida la educación. Esta crisis en nuestro estado afecta de manera particular a por lo menos 33 planteles de educación básica con reportes de grupos sin maestros en los municipios de Centro, Cárdenas, Centla, Comalcalco, Cunduacán, Huimanguillo, Jalpa de Méndez, Macuspana y Teapa.

Donde este problema se viene dando desde el año pasado debido a que en el mes de diciembre se le terminó a la mayoría de maestros el contrato que les hace la Secretaría de Educación, con algunos pagos pendientes para los maestros que concluían dicho contrato.

CUARTO. - El Estado de Tabasco sumado a los esfuerzos de dar garantías y mecanismos que permitan a todos sus habitantes garantizar sus derechos humanos por lo que, en años anteriores con la demanda de docentes, se acudía a la Secretaria de Educación y se resolvía el problema en poco tiempo, sin embargo, ahora es preocupante porque hasta hoy día esta problemática persiste.

Lo que se ha agudizado a dos meses de haber reiniciado las clases, con protestas por falta de pagos y de maestros frente a grupo afectando a al menos 523 mil 969 alumnos.

Entre los cuales se encuentran 21 mil alumnos del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Tabasco (CECyTE).

En el caso de la escuela primaria Guadalupe Victoria del poblado Francisco I. Madero en Centla, los padres de familia han bloqueado hasta por cinco horas la carretera federal Villahermosa- Frontera, a la altura de la entrada a Miramar, por la falta de un maestro en el tercero “A” desde noviembre del año pasado. A la zona llegó personal de la Secretaría de Educación para dialogar la asignación de maestro.

En tanto, en el Colegio Nacional de Educación Profesional Plantel 1, ocho maestros pararon clases para exigir mayor carga de horario conforme a derecho.

Según datos de la Sociedad Estatal de Padres de Familia, el municipio con más falta de maestro en las aulas es Centro, con un faltante de 14 docentes.

Y por lo cual Maestros del estado ya interpusieron una queja formal ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) por incumplimiento en los pagos por parte de la secretaría de Educación Pública (SeTab) por afectar su Derecho al trabajo contenido en el artículo 123 Constitucional.

Por lo antes expuesto y fundado, pongo a consideración del Pleno de esta Honorable Legislatura el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

La Sexagésima Segunda Legislatura de este Honorable Congreso, exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaria de Educación del Estado de Tabasco al Doctor Ángel Solís Carvallo para que en el ámbito de sus facultades y competencias exponga los motivos por los cuales se han visto comprometidos tanto el derecho a la Educación y al Trabajo a fin de entablar reuniones de trabajo con la Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, afectados, padres de familia y autoridades competentes a fin de establecer las estrategias y mecanismos para coadyuvar a que dichos Derechos humanos sean resguardados y procurados para bien de todos.

ÚNICO. - Se instruye al Secretario General de este Honorable Congreso remita el presente punto de acuerdo mediante oficio a la autoridad exhortada para su debida contestación y atención.

Zoila Margarita Isidro Pérez

Presidenta de la Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

LXII Legislatura del Honorable Congreso del Estado.


 
 
 

Comments


Entradas destacadas
Entradas recientes
Archivo
Buscar por tags
Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square

© 2017 by Abril Perales. Proudly made by Wix.com

  • Facebook Clean
  • Twitter Clean
  • Flickr Clean
bottom of page